Para ser elegible para solicitar la eliminación de las condiciones de su residencia permanente, usted debe:
- Cumplir con los requisitos generales:
- Ser un residente permanente legal con estatus condicional.
- Haber presentado el Formulario I-751, Solicitud para Levantar las Condiciones de Residencia Permanente, dentro del plazo establecido.
- No tener ninguna orden de deportación o salida final en su contra.
- No haber cometido ningún delito grave o fraude.
- No haber violado ninguna ley de inmigración.
- Demostrar que ha mantenido un matrimonio bona fide (en caso de residencia basada en matrimonio) o una relación de parentesco válida (en caso de residencia basada en la relación con un hijo o padre ciudadano estadounidense).
- Requisitos específicos según la categoría de residencia:
- Residencia basada en matrimonio:
- Haber estado casado con su cónyuge ciudadano estadounidense o residente permanente durante al menos dos años al momento de presentar la solicitud.
- Presentar pruebas de que el matrimonio es bona fide y válido.
- Residencia basada en la relación con un hijo o padre ciudadano estadounidense:
- Haber mantenido la relación de parentesco con el hijo o padre ciudadano estadounidense durante al menos dos años al momento de presentar la solicitud.
- Presentar pruebas de que la relación es válida.
- Exenciones a los requisitos:
En algunos casos, puede ser posible solicitar una exención a los requisitos de elegibilidad para la eliminación de las condiciones de la residencia. Las exenciones más comunes incluyen:
- Dificultades extremas: Si la deportación o remoción del residente condicional causaría dificultades extremas a su cónyuge o hijo ciudadano estadounidense o residente permanente.
- Buena fe: Si el matrimonio o la relación de parentesco se contrajo de buena fe, sin la intención de eludir las leyes de inmigración, pero el cónyuge o padre ciudadano estadounidense o residente permanente ha fallecido.
NOTA: ESTE CONTENIDO ES CON FINES UNICAMENTE INFORMATIVO Y LA FUENTE DE LA INFORMACION ES ADQUIRIDA COMPLETAMENTE DE www.uscis.gov
ESTO NO ES UN ASESORAMIENTO.
